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El incidente abre el debate sobre los límites de la cobertura periodística dentro de los templos y las reglas de respeto a las celebraciones religiosas

AGUASCALIENTES, Ags.— Un fotógrafo del periódico El Hidrocálido habría sido llamado públicamente al orden por el obispo de la Diócesis de Aguascalientes, Juan Espinoza Jiménez, mientras realizaba su trabajo durante una celebración religiosa en la Catedral Basílica de Nuestra Señora de la Asunción.

De acuerdo con una versión difundida en redes sociales, el fotógrafo se desplazaba dentro del templo buscando distintos ángulos cuando el ruido y movimiento de la cámara provocaron la intervención del prelado.

En el material difundido se atribuye al obispo la expresión: “Hermano, esto es una celebración, no un mitin”, además de solicitarle respeto hacia la comunidad y señalar que previamente ya le había pedido moderar su actividad.

Data2 no localizó hasta el momento una versión oficial de la Diócesis de Aguascalientes ni una publicación de El Hidrocálido que explique las circunstancias del incidente, por lo que no es posible establecer si existía previamente alguna indicación especial para los representantes de los medios de comunicación.

Prensa y culto religioso: dos derechos que deben coexistir

El episodio plantea un asunto que durante décadas ha formado parte de las coberturas de ceremonias religiosas: el equilibrio entre el derecho de los periodistas a documentar acontecimientos de interés público y el derecho de los creyentes a participar en una ceremonia sin interrupciones.

La Constitución mexicana protege la libertad de expresión y de difusión de información. Sin embargo, esa protección no equivale a un derecho absoluto para desplazarse sin restricciones dentro de cualquier espacio durante una actividad religiosa.

Las celebraciones católicas cuentan, además, con normas litúrgicas y prácticas destinadas a conservar el carácter de oración de la ceremonia.

La Instrucción General del Misal Romano establece que los templos deben organizarse de manera que permitan la participación activa de los fieles y conserven la dignidad de la acción sagrada. Uno de sus principios es evitar elementos que distraigan la atención de los asistentes de la celebración.

En la práctica internacional de la Iglesia Católica es habitual que fotógrafos y camarógrafos tengan posiciones determinadas durante las misas más importantes.

Entre las restricciones habituales se encuentran evitar el uso de flash, no caminar constantemente frente a los fieles, no obstaculizar la visión de la ceremonia y no ingresar al presbiterio —la zona inmediata al altar— sin autorización.

En acontecimientos de gran interés informativo, las diócesis suelen establecer zonas específicas desde las cuales fotógrafos y camarógrafos pueden trabajar sin alterar el desarrollo de la liturgia.

Los templos y la legislación mexicana

La Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público establece que los actos religiosos de culto público se realizan ordinariamente dentro de los templos.

La legislación mexicana reconoce así una naturaleza específica a esos espacios durante las celebraciones religiosas, aunque ello no significa que los acontecimientos ocurridos dentro de ellos queden fuera del escrutinio periodístico.

La cobertura de una misa, una ordenación, una ceremonia multitudinaria o cualquier otro acontecimiento de relevancia pública puede ser de interés informativo, pero normalmente obliga a periodistas y autoridades religiosas a establecer reglas previas que permitan desempeñar ambas actividades.

El incidente registrado en la Catedral de Aguascalientes muestra precisamente esa delgada frontera: el fotógrafo tiene la obligación profesional de obtener imágenes; quien preside la celebración tiene también la responsabilidad de procurar que la ceremonia pueda desarrollarse sin distracciones.

La solución habitual no debería ser impedir la cobertura periodística ni convertir al fotógrafo en protagonista de la ceremonia, sino establecer previamente espacios, tiempos y condiciones claras para el trabajo de los medios.

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