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Los empleados realizaban trabajos de mantenimiento en un tanque con aspas cuando ocurrió la tragedia. La ley obliga a bloquear maquinaria, aislar flujos, controlar el acceso y mantener un vigía cuando se trabaja en espacios confinados. La investigación deberá determinar si esos protocolos existían y quién tenía la responsabilidad de hacerlos cumplir.

Aguascalientes, Ags.— La muerte de tres trabajadores dentro de un tanque de la planta de Nutrypollo, en el Parque Industrial del Valle de Aguascalientes (PIVA), ya no puede analizarse únicamente como una caída accidental. La investigación deberá establecer si existieron omisiones en los protocolos de mantenimiento y seguridad que pudieran configurar responsabilidades laborales, administrativas e incluso un posible homicidio culposo.

Los hechos ocurrieron el viernes 4 de septiembre. El reporte de emergencia fue recibido alrededor de las 12:30 horas. Tres trabajadores se encontraban realizando labores de mantenimiento en un tanque utilizado en el proceso industrial de la empresa. La Jornada reportó que el depósito contenía aproximadamente 14 mil litros de sangre de pollo y que uno de los trabajadores murió en el lugar, mientras los otros dos fallecieron posteriormente por intoxicación.

La Fiscalía General del Estado identificó posteriormente a las víctimas como José Luis Cruz, de 60 años; Bernardo Castillo, de 42, y Luis Fernando Macías, de 43 años. La versión oficial difundida hasta ahora señala que se encontraban realizando labores de mantenimiento cuando cayeron al depósito.

Sin embargo, Data2 ha conocido una segunda línea de investigación que todavía debe ser confirmada oficialmente: los trabajadores estarían reparando con soldadura las aspas ubicadas dentro del tanque cuando otros empleados, presuntamente sin saber que había personas en su interior, habrían descargado residuos hacia el depósito o activado parte del proceso industrial.

De acreditarse esa mecánica, la pregunta ya no sería solamente cómo cayeron los trabajadores, sino por qué era posible introducir materiales o activar un sistema mientras tres personas realizaban trabajos dentro del tanque.

La norma exige bloquear energía y fluidos

La NOM-033-STPS-2015, aplicable a trabajos en espacios confinados, establece obligaciones muy específicas. Antes de permitir el ingreso de trabajadores debe existir un análisis de riesgos, procedimientos de seguridad y un plan específico de trabajo. También debe controlarse el acceso y existir una autorización para realizar las labores.

La misma norma establece algo especialmente relevante para este caso: antes de iniciar los trabajos deben aplicarse medios de bloqueo de energía y del flujo de sustancias, mediante tarjetas, candados u otros dispositivos. También ordena verificar el aislamiento del espacio, incluyendo la desconexión de fuentes de energía y fluidos y el bloqueo mecánico de los equipos.

Además, la norma exige la existencia de un responsable de los trabajos y al menos un vigía en el exterior, quien debe permanecer ahí durante todo el tiempo que haya trabajadores dentro. El responsable debe comprobar que las fuentes de energía, fluidos y presión se encuentren bloqueadas y supervisar que las labores se desarrollen de manera segura.

Por eso, si efectivamente otros empleados pudieron descargar sangre, residuos o poner en funcionamiento las aspas mientras había trabajadores en el interior, la Fiscalía y las autoridades laborales tendrán que determinar si el tanque estaba realmente aislado y bloqueado.

Soldar dentro del tanque agregaría otro nivel de riesgo

La versión de que los trabajadores se encontraban soldando las aspas es también relevante desde el punto de vista de seguridad industrial.

La NOM-033 establece que cuando se realizan trabajos en caliente dentro de un espacio confinado deben existir instrucciones específicas y medidas adicionales de seguridad. También exige evaluar previamente la atmósfera interna para conocer la concentración de oxígeno, sustancias tóxicas y gases o vapores inflamables.

Es decir, la investigación tendría que establecer al menos si se efectuaron mediciones atmosféricas antes de entrar, si existía ventilación adecuada, qué gases podían producir los residuos orgánicos acumulados, qué equipo respiratorio se proporcionó y si había un procedimiento de rescate.

Las aspas no podían quedar expuestas a una activación accidental

Las disposiciones mexicanas sobre maquinaria también contemplan sistemas para impedir que un equipo vuelva a funcionar mientras está siendo reparado.

Las normas de seguridad requieren sistemas de bloqueo de energía para realizar trabajos de revisión, prueba y mantenimiento y protecciones contra atrapamientos, aplastamientos y cortes. También establecen que la reparación y limpieza de maquinaria debe realizarse cuando las partes no estén en movimiento ni energizadas.

Por ello, si uno de los trabajadores fue atrapado por las aspas —como han señalado versiones periodísticas del hecho— será indispensable determinar qué provocó el movimiento del mecanismo y por qué no estaba físicamente imposibilitado para activarse.

¿Accidente laboral o homicidio culposo?

El Código Penal de Aguascalientes contempla expresamente el homicidio culposo. Su artículo 195 establece que se configura cuando una persona pierde la vida por el incumplimiento de un deber de cuidado que el responsable debía y podía observar atendiendo a las circunstancias.

La pena prevista es de tres a siete años de prisión, además de multa, reparación integral de daños y, cuando corresponda, privación temporal para ejercer profesión u oficio.

Esto no significa que ya exista un homicida ni que la empresa o alguno de sus empleados pueda ser declarado responsable anticipadamente. Para llegar a esa conclusión, el Ministerio Público tendría que demostrar quién tenía un deber concreto de cuidado, qué hizo o dejó de hacer y si esa omisión fue causa de las muertes.

La responsabilidad tampoco recaería necesariamente sobre el trabajador que eventualmente hubiera accionado una máquina o descargado residuos. Si esa persona desconocía que había tres compañeros dentro del tanque, la investigación tendría que explicar por qué el sistema de organización y seguridad permitió que dos actividades incompatibles ocurrieran simultáneamente.

La responsabilidad de seguridad no desaparece porque falte un jefe

La Ley Federal del Trabajo establece que el patrón debe instalar y operar los centros de trabajo conforme a las normas de seguridad y adoptar las medidas necesarias para prevenir accidentes y enfermedades laborales.

Esto cobra especial interés porque Nutrypollo mantiene publicada una vacante de jefe de mantenimiento para la planta PIVA, asunto del que Data2 informó previamente. La existencia de esa vacante no demuestra por sí misma que la planta estuviera sin responsable el día de la tragedia: pudo existir un encargado interino u otra estructura de mando.

Pero ahora resulta indispensable conocer quién tenía formalmente la responsabilidad de mantenimiento y seguridad el 4 de septiembre.

La ausencia de una persona con el título de “jefe de mantenimiento”, en caso de confirmarse, no elimina las obligaciones de la empresa. Las normas asignan al patrón la obligación de designar responsables, establecer procedimientos y garantizar que los trabajos se realicen con seguridad.

Las preguntas que debe responder la investigación

Para determinar si se trató de una tragedia inevitable o de muertes provocadas por una cadena de omisiones, la Fiscalía, la STPS y las autoridades correspondientes tendrían que esclarecer, entre otros puntos:

  • quién ordenó el ingreso de los tres trabajadores al tanque;
  • cuál era exactamente la reparación que realizaban;
  • si efectivamente utilizaban equipo de soldadura;
  • si existió una autorización escrita para entrar al espacio confinado;
  • si se analizaron previamente los gases y niveles de oxígeno;
  • si había un vigía permanente afuera;
  • si se bloquearon con candados o dispositivos las aspas y motores;
  • si se bloquearon las tuberías o conductos por donde ingresaban sangre y residuos;
  • quién tenía las llaves o controles de operación;
  • quién ordenó o ejecutó posteriormente la descarga hacia el tanque;
  • si los demás trabajadores sabían que había tres personas dentro;
  • quién era el responsable de mantenimiento durante ese turno;
  • cuáles eran los protocolos internos de Nutrypollo;
  • y si existía un plan de rescate para una emergencia de esta naturaleza.

La NOM-033 incluso exige mantener control del número de trabajadores que ingresan a un espacio confinado y comprobar que todos hayan salido una vez concluidas las actividades.

Tres muertes obligan a ir más allá de la palabra “accidente”

En derecho laboral, el suceso puede constituir un accidente de trabajo y, simultáneamente, una investigación penal puede concluir que hubo una conducta culposa. Una categoría no necesariamente excluye a la otra.

Por ahora, la versión pública de la Fiscalía habla de trabajadores que realizaban mantenimiento y sufrieron una caída. Pero si se confirma que estaban dentro reparando las aspas y que el sistema recibió residuos o fue activado mientras continuaban allí, el punto central será determinar qué barreras de seguridad fallaron y quién estaba obligado a impedirlo.

Por eso, Data2 considera prematuro reducir la muerte de José Luis Cruz, Bernardo Castillo y Luis Fernando Macías a un simple accidente industrial.

La pregunta que deberá contestar la investigación ministerial es si las tres muertes fueron consecuencia de una fatalidad imprevisible o del incumplimiento de deberes de seguridad que la legislación mexicana establece precisamente para impedir que una máquina o un flujo industrial sean activados mientras trabajadores se encuentran dentro.

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