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Lenia y el regreso de los científicos: Morena repite al Porfiriato
Lenia Batres Guadarrama.

La llegada de Lenia Batres a la Suprema Corte marca un giro ideológico que reactiva viejas tensiones entre legalismo autoritario y justicia social.

Por Jaime Laguna Berber

En los debates sobre la renovación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación fue y es crucial examinar no solo trayectorias personales, sino posiciones filosófico-jurídicas que condicionan el horizonte de decisiones en el más alto tribunal del país.

En ese sentido, la figura de Lenia Batres Guadarrama merece una atención especial.

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Su formación y discurso se inscriben dentro de una tradición positivista del derecho, una corriente que, aunque fue dominante en el siglo XIX y parte del XX, hoy resulta limitada frente a los complejos desafíos de justicia, derechos humanos y pluralismo jurídico que enfrentamos en el México contemporáneo.

Desde el punto de vista filosófico, resulta insostenible que una política de izquierda en el siglo XXI siga sustentándose en una visión positivista del derecho.

Esa filosofía, funcional al desarrollo de los Estados modernos durante el auge del capitalismo industrial, tuvo un papel claro en México en el contexto del Porfiriato: fue la matriz ideológica de los científicos, seguidores de Auguste Comte, que convirtieron la ley en un instrumento de orden autoritario y exclusión social.

El positivismo jurídico en nuestro país sirvió históricamente para legitimar desigualdades, reprimir disidencias y, en nombre del progreso, construir un Estado sin derechos humanos.

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En plena era de derechos, una figura como Lenia Batres representa esa lógica legalista en la Suprema Corte. Esto no solo muestra un desfase teórico, sino, lo más grave: el profundo atraso cultural, académico y técnico de una generación que ha llegado al poder por la vía político-burocrática, pero que no ha sido capaz de colocarse a la altura de los nuevos desafíos.

Batres no ha litigado, no ha defendido casos emblemáticos de derechos humanos, ni ha mostrado afinidad con corrientes críticas del derecho como el garantismo, el neoconstitucionalismo o las teorías marxistas del derecho como la de Pashukanis —sería un exceso pedir tanto—.

Más allá de no estar en la vanguardia, preocupa que incluso defienda posiciones que ya han sido superadas en la jurisprudencia mexicana, como su afirmación de que los tratados internacionales carecen de valor si no se ajustan estrictamente a la norma constitucional.

En su comparecencia ante el Senado, Lenia Batres sostuvo que “el artículo 133 no dice que los tratados estén por encima de la Constitución. Dice que estarán por encima de las leyes, pero no de la Constitución.”

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Esta afirmación, aparentemente jurídica, desconoce el desarrollo jurisprudencial que desde el caso Radilla Pacheco ha establecido la obligación de interpretar la Constitución a la luz del bloque de derechos humanos.

No se trata ya de una jerarquía estática, sino de una arquitectura dinámica que busca garantizar el acceso efectivo a los derechos. Aun así, Batres insiste en una lectura cerrada, normativa, estrictamente positivista. Burguesa.

Complementa esa visión al declarar que “la Corte se ha asumido como un contrapeso del Ejecutivo y no como parte del Estado constitucional que debe colaborar para el bienestar del pueblo”, es decir, propone una Corte subordinada a la lógica del proyecto político en turno, y no una Corte autónoma como garante de los derechos frente a todos los poderes, incluyendo al Ejecutivo.

Estas posturas no son meramente técnicas; revelan una visión del derecho y del poder. Bajo esta concepción, la legalidad vuelve a ser instrumento de control, no de justicia.

Una pregunta en esta discusión es: ¿qué tipo de filosofía del derecho se está privilegiando cuando se elige a perfiles como el de Lenia Batres? Más allá de los tecnicismos, lo que está en juego es una concepción del derecho y de para quién debe operar.

El positivismo jurídico —entendido como la idea de que el derecho es simplemente un conjunto de normas vigentes, separadas de cualquier juicio moral— ha sido históricamente funcional a los intereses del poder.

No en vano, fue la filosofía jurídica que acompañó tanto la consolidación del Estado liberal como las más crudas formas del autoritarismo legalista. El derecho como “orden” antes que como justicia. Como técnica antes que como principio.

En este terreno se inscriben también autores como Carl Schmitt, quien desde su lógica del “estado de excepción” postulaba que el soberano es quien decide cuándo suspender el derecho para “salvar” al orden. Aunque se distancie del positivismo en su forma más dura, Schmitt comparte con él una visión profundamente conservadora del derecho: el derecho es un medio para preservar un orden dado, incluso a costa de su propio fundamento.

Y lo mismo ocurre con la teoría del derecho penal del enemigo, formulada por Günther Jakobs. Esta doctrina, también derivada de una racionalidad positivista, sostiene que hay personas que no merecen ser tratadas como ciudadanos sujetos de derecho, sino como enemigos a neutralizar, por fuera de las garantías comunes.

Schmitt fue servil al régimen nazi como lo es Jakobs al sionismo. Para el positivismo, el derecho deja de ser un espacio de protección frente al Estado y es un aparato técnico de exclusión y castigo. Es el tipo de derecho que no solo permite, sino que legitima la represión política o la violencia institucional.

Yo hago la ley, yo la aplico… Y yo la interpreto. Todo en tres poderes de un gobierno de partido dominante. Tres cabezas de la hidra del poder burgués. Tres poderes de la personalidad de un nuevo dios burócrata partido unigénito. Y sus profetas dicen: la ley es la ley, y como ejemplo va la ley de Herodes.

El positivismo filosófico —en sus múltiples formas— no es neutral. No es “técnico” ni “objetivo”. Es una filosofía del derecho profundamente burguesa, no solo por su origen histórico, sino por su función estructural: mantener el orden social, normar la desigualdad, ocultar la violencia bajo el ropaje de la legalidad.

Por eso resulta tan relevante que una figura con poder para decidir sobre el sentido del derecho en México, como lo será Lenia Batres en la Corte, defienda aún una lectura cerrada, preconvencional y autorreferencial de la ley. El derecho no solo se “aplica”: se interpreta, se orienta, se transforma o se conserva.

Si el Estado debe demostrar su compromiso con los derechos y no con la represión, con la justicia y no con el orden a secas, el positivismo se vuelve un freno, no un motor. Es profundamente reaccionario.

El problema no es solo doctrinal, es político. Porque el positivismo en su versión más cerrada ha servido históricamente para justificar el autoritarismo y blindar legalmente la exclusión.

Es evidente que lo que se pretende es controlar desde el poder. Los jueces de cuello y horca están de retorno. Quiero advertir que cuando se redefine la arquitectura judicial del país, el perfil de quiénes la integren debe medirse también por su capacidad de interpretar el derecho desde las demandas sociales, y no solo desde la lógica formal del control normativo. Pero la ley es la ley, repiten en su iglesia.

Lenia Batres puede —no afirmo— tener legitimidad política. Pero esa legitimidad debe ir acompañada de una altura jurídica que dialogue con el constitucionalismo contemporáneo y los avances en derechos humanos, y no de adhesión a marcos jurídicos que, en la práctica, se han vuelto herramientas de exclusión.

El proyecto de transformación que se reclama “progresista” no puede permitirse una Corte conformada por operadores jurídicos que piensan desde el siglo XIX.

Sostengo que una izquierda del siglo XXI necesita una filosofía jurídica revolucionaria, que rompa con la tradición positivista y se impregne de los principios socialistas: justicia material, emancipación, derechos colectivos, control popular del poder.

La legalidad sin justicia no es más que forma vacía, es ley, es letra, y lo que hoy está en juego no es solo la interpretación de normas, sino el sentido mismo del derecho como herramienta en la lucha por la transformación social.

Es reaccionario el derecho burgués defendido por Lenia y los neocientíficos de la burocracia en el poder. Al tiempo habrá nuevas luchas contra estos reaccionarios filosóficos y sus representantes en el poder del Estado burgués.

La CNTE puso en evidencia que las leyes se pueden cambiar en discurso de campaña y ejecutar a rajatabla cuando están en el gobierno. La ley es la ley.

Será necesario enfrentar de nuevo a los positivistas y a su gobierno en los foros legales y, sobre todo, en las calles.

Referencias:

Batres Guadarrama, L. (2023a, noviembre 29). Comparecencia ante el Senado de la República. En Animal Político. Recuperado de https://www.animalpolitico.com/politica/lenia-batres-corte-tratados-internacionales-constitucion

Batres Guadarrama, L. (2023b, diciembre 7). La SCJN debe estar del lado del pueblo, no del mercado [Entrevista]. En La Jornada. Recuperado de https://www.jornada.com.mx/notas/2023/12/07/politica/lenia-batres-la-scjn-debe-estar-del-lado-del-pueblo-no-del-mercado/

Fuente: JL/FB

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