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Preocupante para ONU riesgo exacerbado de periodistas e impunidad en México

 

Una investigación revela que en el 70 por ciento de los incidentes contra el gremio, había incidentes previos

RíodoceUna investigación de delitos cometidos contra personas defensoras de derechos humanos y periodistas en México reveló que el 70 por ciento habían sufrido incidentes previos y casi el 30 por ciento presentaron formalmente denuncias, pero éstas no habían sido adecuadamente consideradas ni tramitadas.

El informe fue presentado por la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) con base en un análisis entre enero de 2016 y diciembre de 2024.

Durante el periodo de análisis se documentaron al menos 80 asesinatos de periodistas, nueve de trabajadores de medios y 165 personas defensoras de derechos humanos en posibles relaciones con su labor. Un total de 22 desapariciones (16 personas defensoras, cinco periodistas y un trabajador de medios).

En México, señala el informe, las personas defensoras de derechos humanos y periodistas se enfrentan a un riesgo exacerbado, materializado en distintos tipos de agresiones que van desde campañas de desprestigio y amenazas, vigilancia y hostigamiento, hasta desapariciones y asesinatos.

El estudio se enfocó en los delitos de desaparición, homicidios y amenazas. Tomó como fuente de información nueve casos, información contenida en más de 4 mil fojas de las carpetas de investigación, solicitudes de información a las 33 fiscalías, entrevistas a víctimas directas e indirectas y a las autoridades encargadas de la investigación.

Mariscos mexicanos

Para la elaboración del análisis, se tomaron en cuenta las garantías de acceso a la justicia, técnicas de investigación criminal y elementos transversales.

Se identificaron omisiones, como el cumplimiento de los principios de la debida diligencia de oportunidad, competencia y exhaustividad, deficiencias en la preservación del lugar de los hechos; pérdida de videograbaciones por retrasos injustificados en su identificación y obtención; no agotamiento de las líneas de investigación relacionadas con la labor de la víctima, y sobre el potencial involucramiento de servidores públicos, entre otras.

El informe concluye que en México existe capacidad, tanto de la FGR como de las fiscalías estatales para realizar investigaciones conforme a los principios generales de la debida diligencia, pero no siempre se conjugan los recursos, la competencia y la voluntad para cumplir con la obligación de investigar, juzgar y sancionar.

Advierten que no hacerlo implica que la violencia reiterada contra personas defensoras de derechos humanos y periodistas no cesará.

La ONU constató que el Mecanismo de Protección solicitado al inicio de la administración presidencial de Andrés Manuel López Obrador ha salvado vidas, pero este no puede ser entendido como la única respuesta a la violencia.

Se señala que el Estado no cumplió con sus obligaciones en materia de prevención y protección efectiva de quienes habían estado en riesgo, y faltó a su deber de investigar, juzgar y sancionar las agresiones en contra de personas defensoras derechos humanos y periodistas.

¿Cuáles son las recomendaciones de la ONU-DH a las 33 fiscalías del país?

1.- Incluir como obligación específica la consideración y el agotamiento de una línea de investigación relacionada con los intereses que podrían verse afectados por la labor de víctima en favor de los derechos humanos o el periodismo.

2.-Promover entre los funcionarios de fiscalía una sólida compresión respecto al rol social de las personas defensoras de derechos humanos y periodistas.

3.- Formar al personal de fiscalías sobre el efecto inhibitorio provocado por los delitos cometidos en contra de personas defensoras de derechos humanos y periodistas y el costo para la sociedad en su conjunto.

4.- Asegurar la publicación de indicadores de desempeño de fiscalías a través de un informe anual nacional sobre los casos en investigación, las acusaciones y las sentencias u otras salidas procesales.

5.- Establecer la obligación de que en los casos de delitos cometidos contra mujeres periodistas y defensoras se consideren líneas de investigación que contemplen motivos o formas de comisión del delito vinculadas a razones de género.

6.- Establecer como parte del protocolo homologado la obligación del Ministerio Público de solicitar la realización de un análisis de contexto mandatorio.

7.- Priorizar la judicialización y resolución de las investigaciones por amenazas contra personas defensoras de derechos humanos y periodistas.

8.- Adoptar lineamientos de actuación para casos en los que existen indicios o señalamientos de participación de funcionarios públicos en la comisión de los delitos denunciados.

9.- Determinar criterios de priorización para aplicar la facultad de atracción por parte de la FGR, cuando la ley lo permita.

10.- Dotar a las fiscalías de los recursos materiales y humanos necesarios para garantizar las investigaciones.

11.- Retomar los trabajos para la construcción de un protocolo homologado de investigación, a través de la consulta de operadores de justicia y participación de la sociedad civil.

12.- Promover un proceso de evaluación de la implementación del protocolo homologado de investigación de delitos cometidos contra la libertad de expresión.

13.- Garantizar la participación de sobrevivientes y familiares de las víctimas en las investigaciones y particularmente brindarle información sobre los avances de estas y facilitar el acceso pleno a la carpeta de investigación.

14.- Evaluar inmediatamente tras la presentación de la denuncia la necesidad de protección a las víctimas, y en sus casos, otorgar medidas pertinentes y dar seguimiento a su implementación adecuada.

15.- Implementar un programa sistemático sobre la formación teórico-práctico especializado sobre delitos cometidos contra personas defensoras y periodistas.

16.- Identificar y compartir buenas prácticas de las fiscalías en el desarrollo de investigaciones.

Artículo publicado el 7 de septiembre de 2025 en la edición 1180 del semanario Ríodoce.

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